Lo que necesitas saber
- El expediente de nacionalidad española por residencia pasa por diferentes estados desde su registro hasta la resolución.
- Estar pendiente de informes o en calificación no significa, por sí solo, que exista un problema con la solicitud.
- Un requerimiento sí exige prestar especial atención a la notificación y responder dentro del plazo correspondiente.
- La normativa establece un plazo máximo de un año para resolver y notificar, aunque el expediente puede continuar tramitándose una vez transcurrido ese periodo.
- Una concesión favorable todavía requiere completar las actuaciones posteriores necesarias para que la adquisición sea eficaz y quede inscrita.
Presentar una solicitud de nacionalidad española por residencia es un paso importante. Después del registro, sin embargo, comienza una espera durante la que es habitual consultar el expediente y encontrarse con estados que no siempre resultan fáciles de interpretar.
¿Qué significa que está pendiente de informes? ¿Es buena señal que haya pasado a calificación? ¿Qué ocurre si aparece un requerimiento? ¿Y si ha transcurrido más de un año sin resolución?
Conocer las principales fases de la nacionalidad española por residencia permite entender mejor qué está haciendo la Administración y, sobre todo, detectar aquellos momentos en los que la persona solicitante debe actuar.
Que un expediente permanezca durante meses en un mismo estado no significa necesariamente que exista un problema: cada fase responde a actuaciones administrativas diferentes.

Cómo se tramita la nacionalidad española por residencia
El procedimiento para adquirir la nacionalidad española por residencia tiene carácter electrónico en todas sus fases, sin perjuicio de las formas de presentación admitidas legalmente.
Una vez presentada la solicitud, la Administración incorpora la documentación al expediente, realiza las comprobaciones necesarias, solicita los informes correspondientes y analiza si se cumplen los requisitos para conceder la nacionalidad.
Los textos que aparecen al consultar el expediente pueden variar, pero existen varios estados que permiten identificar en qué punto aproximado se encuentra la tramitación.
| Estado | Qué significa | Qué debe hacer el solicitante |
|---|---|---|
| Abierto – Registrado | La solicitud ha sido recibida y registrada | Conservar el justificante y hacer seguimiento |
| Pendiente de informes | Se están realizando comprobaciones con otros organismos | Vigilar el expediente y las notificaciones |
| En estudio o calificación | Se está valorando el cumplimiento de los requisitos | Mantenerse pendiente de posibles comunicaciones |
| Requerido | La Administración necesita documentación o una aclaración | Revisar la notificación y responder dentro del plazo |
| Concedido | Existe una resolución favorable | Completar la jura o promesa y las actuaciones registrales correspondientes |
1. Abierto – Registrado: el expediente ha entrado en el sistema
Es uno de los primeros estados que puede aparecer después de presentar la solicitud.
Indica que el Ministerio de Justicia ha recibido y registrado el expediente. Cuando la presentación se realiza telemáticamente se obtiene un justificante de registro y posteriormente se asigna el número que permite identificar el procedimiento.
El número puede presentar una estructura similar a R-XXXXXX/2026.
No significa que la nacionalidad esté aprobada
El estado “Abierto – Registrado” confirma que la solicitud ha sido recibida e incorporada al procedimiento. Todavía quedan las comprobaciones y la valoración de los requisitos.
2. En tramitación o pendiente de informes preceptivos
En esta fase se realizan comprobaciones necesarias para determinar si la persona solicitante reúne los requisitos para obtener la nacionalidad.
La Administración puede recabar información relacionada, entre otras cuestiones, con:
- La situación de residencia legal.
- Los antecedentes penales y policiales en España.
- La entrada y permanencia en el país.
- Los informes preceptivos de los organismos competentes.
- La información disponible en otras administraciones públicas.
- Los resultados de las pruebas CCSE y DELE cuando sean exigibles.
Muchas de estas comprobaciones se realizan internamente, por lo que la persona interesada no tiene que volver a presentar esa información salvo que la Administración solicite documentación adicional.
¿Por qué puede durar meses?
La tramitación puede depender de la recepción de información procedente de distintos organismos. Por eso, permanecer un tiempo prolongado pendiente de informes no permite concluir por sí solo que exista una incidencia.
3. En estudio o en calificación: comienza la valoración del expediente
Cuando se han incorporado las comprobaciones necesarias, el expediente puede avanzar a estudio o calificación.
Es una fase relevante porque se analiza de manera global si se cumplen los requisitos exigidos para adquirir la nacionalidad española por residencia.
Entre las cuestiones que pueden valorarse se encuentran:
- El cumplimiento del periodo de residencia legal exigible en cada caso.
- Que la residencia sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
- La buena conducta cívica.
- El grado suficiente de integración en la sociedad española.
- La validez y suficiencia de la documentación presentada.
- La superación o exención de las pruebas correspondientes cuando resulte aplicable.
- Las ausencias de España que puedan afectar a la continuidad de la residencia.
- La coherencia entre la documentación aportada y la información disponible para la Administración.
Estar en calificación no garantiza una concesión
Es un estado avanzado del procedimiento, pero todavía puede producirse una resolución favorable o desfavorable, o resultar necesario solicitar documentación adicional.

4. Requerimiento de documentación: cuándo debes actuar
No todos los expedientes reciben un requerimiento. Puede producirse cuando la Administración considera que falta documentación, necesita subsanar algún aspecto o requiere aclaraciones para continuar valorando la solicitud.
Entre otras situaciones, puede ser necesario aportar información porque:
- Falta algún documento necesario.
- Se requiere una traducción jurada.
- Debe aclararse la legalización o apostilla de un documento.
- Existen dudas relacionadas con las fechas o la continuidad de la residencia.
- Deben justificarse determinadas ausencias de España.
- Es necesario acreditar la superación o exención de una prueba.
- Se requiere información adicional sobre identidad, antecedentes o estado civil.
Importante: revisa exactamente qué pide la notificación
En los requerimientos de subsanación regulados por el procedimiento de nacionalidad por residencia, la normativa contempla que, si no se subsana dentro de los tres meses desde la notificación, la persona solicitante pueda ser tenida por desistida mediante la correspondiente resolución.
No conviene responder de manera genérica. Hay que revisar qué documentación se solicita, el plazo indicado en la propia notificación y la forma prevista para aportarla.
5. Resolución: concesión o denegación de la nacionalidad
Una vez analizado el expediente, el Ministerio de Justicia puede dictar la correspondiente resolución.
Qué ocurre si la resolución es favorable
La concesión es un paso decisivo, pero no supone por sí sola que todo el procedimiento posterior haya terminado.
La eficacia de la concesión queda condicionada al cumplimiento, dentro de los 180 días contados desde el día siguiente a la notificación, de las actuaciones previstas legalmente.
Entre ellas se encuentran:
- La jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- La renuncia a la nacionalidad anterior cuando legalmente proceda.
- La solicitud de las inscripciones correspondientes en el Registro Civil.
Una vez practicada la inscripción de la adquisición de la nacionalidad podrá continuarse con la obtención de la documentación española correspondiente.
No dejes pasar el plazo después de la concesión
Recibir una resolución favorable no significa que puedas dejar de hacer seguimiento. A partir de la notificación comienza un plazo legal relevante para completar las actuaciones necesarias.
Qué ocurre si la solicitud es denegada
La nacionalidad puede ser denegada cuando la Administración considera que no se ha acreditado alguno de los requisitos exigibles.
Las causas dependerán de cada expediente y pueden estar relacionadas, por ejemplo, con la continuidad de la residencia, la buena conducta cívica, la integración, la documentación presentada o el incumplimiento del periodo mínimo de residencia aplicable.
Ante una resolución denegatoria es fundamental estudiar su motivación concreta antes de decidir cómo actuar. La resolución debe indicar los recursos procedentes, el plazo y el órgano ante el que pueden interponerse.
¿Cuánto tarda un expediente de nacionalidad española?
La normativa establece que el procedimiento debe resolverse y notificarse en un plazo máximo de un año desde que la solicitud haya tenido entrada en el órgano competente.
Ese plazo legal no equivale a un calendario de duración para cada estado. No existe una regla que permita afirmar que la fase de informes vaya a durar un número concreto de meses o que un expediente en calificación vaya a resolverse necesariamente en unas semanas.
Los tiempos pueden verse afectados por factores como:
- La obtención de los informes necesarios.
- La complejidad de las circunstancias personales.
- La existencia de incidencias en el expediente.
- La necesidad de aportar documentación adicional.
- La existencia de un requerimiento.
Por eso, dos solicitudes presentadas en fechas similares no tienen por qué avanzar al mismo ritmo.
¿Qué pasa si ha transcurrido más de un año?
Cuando transcurre el plazo máximo de un año sin resolución expresa, la normativa establece que la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
Esto no equivale a recibir una resolución expresa de denegación. El expediente puede continuar su tramitación y ser resuelto posteriormente.
El transcurso del plazo puede permitir valorar la vía contencioso-administrativa, pero esta decisión debe estudiarse atendiendo a las circunstancias concretas del expediente.
No existe una solución automática por superar el año
Antes de iniciar cualquier actuación judicial conviene revisar la fecha de entrada de la solicitud, el estado del procedimiento, los posibles requerimientos, la documentación aportada y la situación particular de la persona interesada.
Dónde consultar el estado de la nacionalidad
El Ministerio de Justicia dispone del servicio oficial “¿Cómo va lo mío?”, que permite consultar información sobre el estado de solicitudes en curso.
Esta consulta es útil para conocer la evolución general del procedimiento, pero el seguimiento del estado no debe sustituir la revisión de las notificaciones oficiales.
Presta atención a las notificaciones electrónicas
La Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) facilita el acceso de ciudadanos y empresas a notificaciones y comunicaciones emitidas por las Administraciones Públicas.
Durante la tramitación puede recibirse una comunicación que requiera una actuación dentro de un plazo determinado. Por eso conviene mantener una vigilancia activa de los canales de notificación que correspondan en cada expediente.
Consejo E3
No bases el seguimiento únicamente en comprobar si ha cambiado el texto que aparece en “¿Cómo va lo mío?”. Las notificaciones administrativas son las que pueden comunicar actuaciones que exigen una respuesta dentro de un plazo concreto.
Qué hacer mientras esperas la resolución
Haber presentado la solicitud no significa que debas desentenderte de tu situación administrativa mientras se tramita.
- Mantén tu residencia en situación regular. La solicitud de nacionalidad no sustituye las obligaciones vinculadas a tu situación como persona extranjera.
- Controla tus ausencias de España. Antes de realizar ausencias prolongadas conviene valorar cómo pueden afectar a tus circunstancias.
- Conserva tu documentación. Guarda justificantes de presentación, pasaportes y documentos relacionados con el expediente.
- Revisa el estado y las notificaciones. Haz un seguimiento periódico y presta especial atención a cualquier comunicación oficial.
- Actúa ante un requerimiento. Comprueba inmediatamente qué se solicita y cuál es el plazo indicado para responder.
- Mantén actualizados tus datos. Revisa que los datos relevantes para las comunicaciones administrativas sean correctos.
Preguntas frecuentes sobre los estados de la nacionalidad
¿Estar pendiente de informes significa que hay un problema?
No necesariamente. Esa fase puede indicar simplemente que todavía se están obteniendo o incorporando las comprobaciones necesarias para continuar con el estudio del expediente.
¿“En calificación” significa que me van a conceder la nacionalidad?
No. Significa que el expediente se encuentra en una fase de valoración, pero el resultado todavía puede ser favorable o desfavorable y también puede ser necesaria alguna actuación adicional.
¿Qué debo hacer si recibo un requerimiento?
Leer la notificación completa, identificar exactamente qué documentación o aclaración se solicita y comprobar el plazo y el medio previsto para responder. No conviene esperar a los últimos días.
¿La Administración tiene un plazo para resolver?
Sí. El procedimiento de nacionalidad española por residencia debe resolverse y notificarse en el plazo máximo de un año desde la entrada de la solicitud en el órgano competente. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, opera el silencio administrativo desestimatorio.
¿Una resolución favorable termina todo el procedimiento?
No. La concesión debe completarse con las actuaciones legalmente previstas, entre ellas la jura o promesa y la inscripción correspondiente en el Registro Civil.
Cada estado cuenta una parte del proceso
Qué debes recordar al consultar tu expediente
- “Registrado” confirma que la solicitud ha entrado en el procedimiento.
- “Pendiente de informes” indica que se están realizando comprobaciones.
- “En calificación” supone que el expediente está siendo valorado.
- Un requerimiento exige revisar la notificación y actuar dentro del plazo correspondiente.
- Una concesión abre una nueva fase para completar las actuaciones necesarias ante el Registro Civil.
Ver el expediente sin cambios durante meses puede generar incertidumbre, pero comparar automáticamente los tiempos con los de otras personas puede llevar a conclusiones equivocadas.
Lo más útil es entender qué representa cada estado, mantener controladas las notificaciones y actuar con rapidez cuando la Administración solicite documentación o comunique una resolución.
¿Necesitas revisar tu expediente de nacionalidad?
En E3 Escuela de Emprendimiento acompañamos en la preparación, presentación y seguimiento de solicitudes de nacionalidad española por residencia, revisando los requisitos y la documentación de cada caso.
Si necesitas analizar tu situación, un requerimiento o el estado de tu procedimiento, podemos ayudarte a valorar los siguientes pasos.



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